Inscripción de Nacimiento en Honduras.

 

Con los menores que nacen fuera de territorio hondureño, los padres tienen tres opciones para realizar la inscripción de tales nacimientos en Honduras:

1. Para los que residen en países no signatarios del Convenio de la Apostilla:

Autenticar en el Ministerio de Asuntos Exteriores la partida de nacimiento del menor para su posterior legalización en la sección consular de esta Embajada. Traducción oficial al español del documento. Enviar esta documentación  a un familiar para que realice el procedimiento de legalización en el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Gobernación y Justicia y pueda proceder a la  inscripción del o la menor en el Registro Nacional de las Personas en Honduras.

2. Para los residentes en Suecia, Irlanda, Noruega, Finlandia y Dinamarca siendo países miembros del Convenio de La Apostilla.

Obtener la apostilla del Ministerio de Asuntos Exteriores en la partida de nacimiento del menor. Traducción oficial al español del documento.Enviar a un familiar para que realice el procedimiento de legalización e inscripción en Honduras, tal como se describe en el numeral anterior.

3. Para los residentes en Suecia y los demás países en los que esta representación diplomática es concurrente.

Presentarse en la sección consular de esa Embajada, con los documentos de identificación respectivos, original de la partida de nacimiento del o la menor y  traducción al español de la partida de nacimiento para inscribir al o la menor en el Libro de Registro de Nacimientos y que se le extienda una certificación de acta de nacimiento. Esta certificación puede enviarla a un familiar para que realice el procedimiento de legalización e inscripción en Honduras.